Prólogo
La
violencia familiar es un serio problema de salud pública.
A pesar de que esto
se ha reconocido desde hace muy poco tiempo, y la información con la que
se cuenta es escasa, todo parece indicar que en América Latina es un fenómeno que
va en aumento y afecta a una porción cada vez más amplia de la población.
Las mujeres pueden ser violentas en una relación de pareja. En la gran mayoría
de los casos la violencia es ejercida por los hombres con quienes ellas
conviven o tienen una relación sentimental. Hoy, según diversas fuentes, una
de cuatro mujeres vive episodios de violencia familiar.
En México, como en muchas partes del mundo, la violencia familiar tiene un trasfondo
cultural complejo, lo que dificulta la adecuada planeación y ejecución de
acciones para su prevención, detección y atención. Es de suma importancia crear
programas de acción que respondan a esta complejidad para contrarrestar el
fuerte impacto que genera este fenómeno en la salud, la economía y
el desarrollo social en nuestro país.
Para desarrollar soluciones diferenciadas y a la vez complementarias que permitan abordar
de manera integral la violencia familiar y, por ende, abatir sus consecuencias,
es necesaria la participación coordinada de diversos sectores.
Desde el punto de vista de la atención médica a las mujeres víctimas de violencia, el
gobierno mexicano ha asumido una postura clara al reconocer a la violencia
familiar como un problema de salud pública. Para su correcta atención, el
9 de marzo del 2000 entró en vigor la NOM-190-SSA1-1999 "Prestación de
servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar".
Esta norma es un instrumento para atender en los establecimentos de
salud a las personas involucradas
en situación de violencia familiar, y para contribuir a la prevención
de esta última.
Para lograr su objetivo, es necesario difundir la NOM-190-SSA1-1999 entre los prestadores
y las prestadoras de servicios de salud, y comentar aquellos aspectos que
por su importancia merecen una reflexión adicional para su correcta aplicación.
Este es el proposito fundamental de estos comentarios a la norma.
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